Términos y Condiciones

Términos y condiciones del Programa Programa de Recomendación de Clientes Potenciales de Bell Textron Inc.

  1. Objetivo
    El Programa de Recomendación de Clientes Potenciales ("Programa") de Bell Textron Inc. ("Bell" o "Compañía") ofrece a personas elegibles la oportunidad de ganar una Recompensa por Recomendación por identificar a nuevos compradores de aeronaves 407, 429 o 505 de Bell, sujeto a las condiciones del presente.
    Bell se reserva el derecho de, a su exclusivo criterio, modificar, cambiar o rescindir el Programa por cualquier motivo, en cualquier momento y sin aviso. A menos que se indique expresamente lo contrario, todo cambio hecho al Programa se aplicará a todas las partes recomendantes y posibles compradores (en conjunto, las "Partes") a partir de la fecha de entrada en vigencia de dicho cambio.
    Para participar en el Programa, todas las partes recomendantes y clientes potenciales deben aceptar y acatar estos Términos y Condiciones en su totalidad.
  2. Elegibilidad para el Programa
    1. Partes Recomendantes Elegibles
      Una "Parte Recomendante Elegible" es cualquier persona fìsica que no sea ninguna de las siguientes: (i) un funcionario o empleado de una organización sin fines de lucro, organización no gubernamental; agencia gubernamental, departamento, comisión u oficina (incluyendo gerentes y empleados de empresas de propiedad estatal); (ii) un candidato a un puesto público; (iii) un "Familiar Directo" de un Cliente Potencial; (iv) una persona que tiene una obligación contractual, legal o fiduciaria para con el Cliente Potencial o que de alguna manera crearía un conflicto de interés; (v) un empleado, gerente, director o "Familiar Directo" de algunos de estos, de Textron, Bell o subsidiarias o afiliadas de estas; (vi) un Ciudadano Especialmente Designado (SDN, por sus siglas en inglés), sujeto a sanciones de los EE. UU., sujeto a una Prohibición de Comercio de EE. UU. o persona excluida o tenga algún tipo de prohibición para realizar operaciones comerciales con una persona de EE. UU.
    2. Clientes Potenciales Elegibles
      Un "Cliente Potencial Elegible" es cualquier persona jurídica que actualmente tenga el interés y capacidad financiera de comprar una aeronave, que no sea ninguna de las siguientes: (i) organización sin fines de lucro, organización no gubernamental; organismo, departamento, comisión u oficina gubernamental; (ii) un funcionario gubernamental o sus empleados (incluyendo gerentes y empleados de empresas de propiedad estatal); (iii) un candidato a un puesto público; (iv) un "Familiar Directo" de un Cliente Potencial; (v) un empleado, gerente, director o "Familiar Directo" de algunos de estos, de Textron, Bell o subsidiarias o afiliadas de estas; (vi) un comprador potencial "conocido por Bell"; (vii) un Ciudadano Especialmente Designado (SDN, por sus siglas en inglés), sujeto a sanciones de los EE. UU., sujeto a una Prohibición de Comercio de EE. UU. o persona excluida o tenga algún tipo de prohibición para realizar operaciones comerciales con una persona de EE. UU.
      Un comprador potencial es "conocido por Bell" si los registros a los que puede acceder la Compañía revelan algún tipo de contacto de marketing o ventas con el comprador potencial, un "Familiar Directo" del comprador potencial o cualquier Afiliada del comprador potencial dentro de los veinticuatro meses (24) meses del "Momento de la Presentación".
      La Compañía tendrá el derecho exclusivo de determinar si una persona jurídica es un Cliente Potencial Elegible a los fines del Programa.
    3. Recomendación Elegible
      Una "Recomendación Elegible" es una recomendación de un Cliente Potencial Elegible presentada a través del portal en línea ("Portal") de Bell en el sitio web Bell Flight por una Parte Recomendante Elegible. La elegibilidad de una Recomendación Elegible para una Recompensa por Recomendación no está garantizada y depende del cumplimiento de todos los Términos y Condiciones del Programa.
  3. Otras Definiciones
    "Afiliada" o "Afiliadas" se refiere a una subsidiaria, asociación estratégica, corporación matriz o corporación hermana de propiedad absoluta o de participación mayoritaria de la misma entidad matriz.
    "Familiar Directo" tal como se usa en el presente incluye cónyuge, padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, hijo, hija, nieto, nieta, tía, tío, familiar político, hijastro, hijastra, padrastro, madrastra, abuelastro, abuelastra, bisabuelastro o bisabuelastra y relaciones de tercer grado de consaguinidad.
    El "Momento de la Presentación" significa la fecha y hora en la presentación de la recomendación, según lo registrado por el Portal de la Compañía para presentaciones de recomendaciones. El Momento de la Presentación controlará todos los procesos para el Programa.
  4. Proceso de Recomendación
    1. Presentación
      La Parte Recomendante Elegible debe proporcionar toda la información requerida en el formulario de presentación del Portal, incluso la firma electrónica de la Parte Recomendante Elegible que certifique la precisión de la información y validez de la oportunidad potencial. La Parte Recomendante Elegible debe estar dispuesta a y ser capaz de presentar al Cliente Potencial Elegible a la Compañía.
      Solamente la compra inicial de parte del Cliente Potencial Elegible como resultado de la recomendación es elegible para la Recompensa por Recomendación. En el caso de que el Cliente Potencial Elegible compre varias aeronaves de Bell en la compra inicial, Bell pagará una Recompensa por Recomendación por cada aeronave 407, 429 o 505 de Bell vendida.
      En el caso de que varias partes recomendantes recomienden al mismo Cliente Potencial Elegible, la primera Parte Recomendante Elegible en presentar la recomendación para el Cliente Potencial Elegible podrá calificar para una Recompensa por Recomendación. El Momento de Presentación regirá a los fines de determinar cuál es la primera Parte Recomendante Elegible.
    2. Revisión y Aprobación de Elegibilidad por parte de la Compañía
      La Compañía revisará cada presentación de recomendación y determinará, a su exclusivo criterio, si la recomendación se trata de una Recomendación Elegible que cumple con los requisitos preliminares del Programa. La Compañía notificará a la parte recomendante dentro de los treinta (30) días calendario de la presentación de una Recomendación Elegible que pudiera calificar para una Recompensa por Recomendación. Si la Compañía no extiende ningún tipo de aviso significará que se determinó que la recomendación no era elegible para el Programa.
      La parte recomendante acepta proporcionar toda información adicional solicitada razonablemente por la Compañía que sea necesaria para confirmar que la Parte Recomendante sea una Parte Recomendante Elegible y que el comprador potencial identificado sea un Cliente Potencial Elegible.
    3. Restricciones de Transferencia
      Los beneficios del Programa, incluyendo toda expectativa de recibir una Recompensa por Recomendación, no se pueden transferir, licenciar, asignar, transmitir o usarse como garantía por la Parte Recomendante Elegible. Ante cualquier contravención de estas restricciones, la Parte perderá su elegibilidad para recibir una Recompensa por Recomendación conforme al Programa.
  5. Pago de Recompensas por Recomendación
    1. Recompensa por Recomendación
      La Parte Recomendante Elegible de una Recomendación Elegible puede calificar para recibir una Recompensa por Recomendación, sujeto a los Términos y Condiciones del Programa. Las Recompensas por Recomendación disponibles actualmente son $7,500 (USD) para una aeronave de Bell 505, $10,000 (USD) para una aeronave de Bell 407, y $15,000 (USD) para una aeronave de Bell 429. Para ser elegible para el pago de una Recompensa por Recomendación, tanto la compra de un Bell por parte del Cliente Potencial Elegible como la capacidad de la Compañía de firmar dicha compra deben ocurrir dentro de los (12) meses del Momento de la Presentación.
      La Parte Recomendante Elegible acepta por el presente que la Compañía retendrá el derecho de notificar al Cliente Potencial Elegible sobre el pago de Recompensa por Recomendación propuesto a la Parte Recomendante Elegible para garantizar que no haya ningún conflicto de interés ni violaciones de obligaciones contractuales, legales o fiduciarias entre las Partes.
    2. Pago de Recompensas por Recomendación
      El Pago de la Recompensa por Recomendación se hará dentro de los sesenta (60) días de la entrega de la aeronave. El Pago de Recompensas por Recomendación solo se hará a una cuenta bancaria en el país donde resida la Parte Recomendante por transferencia bancaria, salvo en circunstancias excepcionales.
      Al realizarse el pago de la Recompensa por Recomendación, la información de la recomendación y todo valor asociado se transferirán de inmediato a la Compañía y el Cliente Potencial se considerará "conocido por Bell". No se extenderá ninguna Recompensa por Recomendación adicional en conexión con ventas subsiguientes al Cliente Potencial.
    3. Obligaciones de la Parte Recomendante
      Para garantizar el pago adecuado y puntual de la Recompensa por Recomendación, la Parte Recomendante Elegible debe cooperar con la Compañía y proporcionar todos los documentos, incluyendo detalles bancarios y verificación de identificación, necesarios para ejecutar el pago. Si la Parte Recomendante no coopera con la Compañía y no proporciona los documentos necesarios, se le podría denegar la elegibilidad para la Recompensa por Recomendación o la fecha de pago podría retrasarse.
      LA PARTE RECOMENDANTE ELEGIBLE ES RESPONSABLE DE TODOS LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES Y PAGADEROS SOBRE EL PAGO DE UNA RECOMPENSA POR RECOMENDACIÓN. LA COMPAÑÍA PUEDE RETENER EL PAGO DE RECOMPENSAS POR RECOMENDACIÓN HASTA RECIBIR UN FORMULARIO W-9, U OTRA DOCUMENTACIÓN NECESARIA A LOS FINES DE REPORTAR LA CANTIDAD DEL PAGO A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES.
    4. Relación entre Bell y la Parte Recomendante
      La Parte Recomendante Elegible afirma que no es agente ni representante de ventas de la Compañía, ni está afiliada de ninguna manera a la Compañía.
      La Parte Recomendante Elegible no tiene la autoridad para:
      (i) Hacer promesas, vincular, contraer o asumir obligaciones en nombre de la Compañía;
      (ii) Comprar cualquier Aeronave de la Compañía;
      (iii) Negociar con ningún Cliente Potencial o Cliente de la Compañía para la compra de una aeronave:
      (iv) Hacerse pasar por un representante de la Compañía ni
      (v) Usar cualquier marca registrada, marca de servicio, logotipo o derechos de autor de la Compañía.
      La Parte Recomendante Elegible acepta que la Compañía puede usar su nombre e imagen en conexión con sus materiales de marketing para promover el Programa de Recomendación de Clientes Potenciales.
  6. Privacidad de Datos
    1. Procesamiento de Datos por parte de la Compañía
      La Compañía puede recibir o retener Datos Personales de la Parte Recomendante Elegible en conexión con el Programa, que pueden incluir Datos Personales de la Parte Recomendante Elegible, o comprador potencial y cualquier empleado, agente y representante de la Parte Recomendante Elegible y Cliente Potencial Elegible involucrado en la ejecución del Programa (denominados en conjunto como "Partes Involucradas"). Los Datos Personales recibidos conforme a este Acuerdo pueden incluir el nombre y apellido, dirección de correo electrónico, número de teléfono e información de cualquier Parte Involucrada que se solicite para facilitar las determinaciones de elegibilidad de las recomendaciones y el pago de la Recompensa por Recomendación conforme a este Programa.
      La Compañía procesará dichos Datos Personales solo según sea necesario para ejecutar el Programa y para la mejora continua, comercialización y asistencia de los productos, programas y servicios de la Compañía.
    2. Procesamiento de Datos por parte de la Parte Recomendante
      La Parte Recomendante Elegible cumplirá todas las leyes y normativas que rigen la protección de datos, incluso la Ley de Privacidad del Consumidor de California ("CCPA") y el Reglamento General de Protección de Datos ("RGPD") de la Unión Europea, que pueden imponer limitaciones en cuanto a la transferencia y procesamiento de datos personales. La Parte Recomendante Elegible indica y garantiza que ha obtenido todo permiso necesario para recopilar y transmitir los Datos Personales de cualquier comprador potencial a la Compañía.
      La Parte Recomendante Elegible será completamente responsable en caso del procesamiento ilegal de los datos personales de terceros. Si la Parte Recomendante Elegible recibe alguna queja, la Parte Recomendante Elegible debe notificar a la Compañía, sin demora indebida, sobre la supuesta violación a las leyes de privacidad. La notificación de la Parte Recomendante Elegible a la Compañía de dichas violaciones debe incluir los detalles de los alegatos así como también la comunicación del tercero que alega las violaciones a las leyes de privacidad. En caso de que el tercero se rehúse a dar permiso a la Compañía a comunicarse con dicho tercero o que alegue que la Información Personal se proporcionó sin autorización, la Compañía eliminará dicha Información Personal y no se pagará ninguna Recompensa por Recomendación.
  7. Rescisión
    La Compañía puede rescindir unilateralmente su obligación de pagar una Recompensa por Recomendación Elegible y las Partes no serán elegibles para participar en el Programa si la Parte Recomendante Elegible o el Cliente Potencial Elegible:
    i. Infringe cualquier promesa, compromiso u obligación conforme al Programa;
    ii. Infringe leyes o normativas aplicables, incluyendo las leyes de Protección de Datos;
    iii. No cumple con sanciones o prohibiciones impuestos por los EE. UU.;
    iv. Reside en un país sujeto a una Prohibición de Comercio de EE. UU. y es un Ciudadano Especialmente Designado, o tiene algún tipo de prohibición para realizar operaciones comerciales con una persona de EE. UU.
  8. Legislación y Jurisdicción Aplicables
    El Programa estará regido por las leyes del Estado de Texas, EE. UU. Si se iniciara alguna acción o procedimiento para ejecutar este Programa, la Compañía y la Parte Recomendante Elegible aceptan la competencia y jurisdicción de los tribunales Estatales o Federales ubicados en el Condado de Tarrant, estado de Texas.
    La Compañía y la Parte Recomendante Elegible aceptan excluir el uso  de conflictos de cláusulas legales de Texas en la interpretación del Programa. La Compañía y la Parte Recomendante Elegible aceptan excluir el uso de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, 1980; y cualquier sucesora de la misma para la interpretación de este Programa.
  9. Avisos
    Todo aviso requerido conforme a este Acuerdo se hará por escrito. La Compañía puede enviar avisos por correo postal a la dirección que la Parte Recomendante proporcionó como parte del formulario. La dirección de la Compañía para Avisos será:
    BELL TEXTRON INC.
    3255 BELL FLIGHT BLVD.
    FT. WORTH, TX 76118
    ATTN: COMMERCIAL CONTRACTS
  10. Acuerdo Completo
    Este Acuerdo constituye el acuerdo completo entre la Compañía y la Parte Recomendante Elegible en relación con su objeto y sustituye todo acuerdo, representación, negociación, declaración y conversación anterior, ya sea oral o por escrito, entre las partes en cuanto al objeto del acuerdo. En el caso de que hubiera una inconsistencia entre las cláusulas de este Acuerdo y cualquier Anexo o modificación del mismo, dicha inconsistencia se resolverá dando precedencia al documento que sea más reciente conforme a la fecha de firma de la Compañía.
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