Como se especifica en las Pautas de Conducta Comercial, Textron está comprometida con la implementación de prácticas justas de empleo y con el acatamiento de las leyes laborales correspondientes en todos los lugares donde desarrollamos nuestras operaciones. Esto incluye cumplir con las leyes que prohíben el trabajo infantil o forzado. Textron ofrece entrenamiento a sus empleados en relación con sus Pautas de Conducta Comercial, y exige a todos los empleados designados la presentación de un certificado anual de cumplimiento. Las violaciones a las Pautas de Conducta Comercial están sujetas a acciones disciplinarias cuyas consecuencias pueden incluir la finalización de la relación laboral. Además, Textron ha adoptado un Código de Conducta para Proveedores y Otros Socios Comerciales que exige, entre otras cosas, el cumplimiento de las leyes que prohíben el acoso, la discriminación laboral, el tráfico de seres humanos, y el trabajo infantil o forzado. Cuando así se requiere para el cumplimiento de las Reglamentaciones Federales de Adquisición de EE. UU., las Unidades Comerciales obligan a los proveedores a enviar los certificados correspondientes y transferir las obligaciones contractuales impuestas por tales reglamentaciones. Además de lo descrito, Textron actualmente: (1) no participa en la verificación de las cadenas de suministro de productos para evaluar y abordar los riesgos del tráfico de seres humanos y prácticas esclavistas; (2) no realiza auditorías de proveedores para evaluar el cumplimiento de los proveedores de los estándares de la compañía en cuanto al tráfico de seres humanos y prácticas esclavistas en las cadenas de suministro; (3) no exige a los proveedores directos que certifiquen que los materiales incorporados a sus productos cumplan con las leyes sobre prácticas esclavistas y tráfico de seres humanos del país o los países en los cuales desarrollan actividades comerciales; (4) no implementa estándares y procedimientos internos de responsabilidad para empleados o contratistas que no cumplan los estándares de la compañía en cuanto a prácticas esclavistas y tráfico de seres humanos; (5) no brinda a empleados y miembros de la gerencia, quienes son responsables directos de la gestión de la cadena de suministro, ningún tipo de entrenamiento en materia de tráfico de seres humanos y prácticas esclavistas.